Registro SAC (hasta el 31/12/2019)

Categoría: Registros Empresariales


El registro SAC mantiene el control de los créditos por impuesto de primera categoría al que tienen derecho los retiros, remesas o distribuciones realizados desde sociedades o empresas acogidas a los regímenes generales de tributación vigentes hasta el 31/12/2019, para efectos de su acreditación en contra de los impuestos finales de la LIR. En el presente módulo conocerás las principales características y alcances asociados a este registro.



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Este es un módulo de estudio histórico y su contenido fue desarrollado a partir de las leyes Nº 20.780 (2014) de Reforma Tributaria y 20.899 (2016) de Simplificación de la reforma.


¿Por qué es histórico?
La Ley Nº 21.210 (2020) de Modernización Tributaria reemplazó el art. 14 de la LIR, estableciendo nuevos regímenes de tributación a contar del 01/01/2020, los cuales incluyen al SAC como uno de sus registros.

AUTOEVALÚATE ANTES DE COMENZAR


1. ¿Cuándo entraron en vigencia el o los regímenes de tributación de las rentas empresariales incorporados por la Ley N° 20.780, que tenían la obligación de llevar el registro Saldo Acumulado de Créditos (SAC)?

El 1º de enero de 2015.

El 1º de enero de 2016.

El 1º de enero de 2017.

El 1º de enero de 2018.

2. ¿Qué contribuyentes estaban obligados a llevar el registro SAC?

Sólo aquellos acogidos al régimen de tributación del art. 14 letra A de la LIR (renta atribuida).

Sólo aquellos acogidos al régimen de tributación del art. 14 letra B de la LIR (parcialmente integrado).

Los contribuyentes sujetos a cualquiera de los regímenes generales de tributación del art. 14 letras A o B de la LIR.

Los contribuyentes sujetos a cualquiera de los regímenes de tributación obligados a atribuir sus rentas (art. 14 letra A, rentas presuntas, régimen simplificado del art. 14 ter letra A, etc.).

3. ¿Qué calificación tributaria debían poseer los retiros, remesas o distribuciones para tener derecho a crédito por IDPC controlado en el registro SAC?

Debían calificar como afectos a impuesto global complementario o adicional.

Debían calificar como exentos de impuesto global complementario.

Debían calificar como ingresos no constitutivos de renta.

Todas los anteriores.

4. ¿Qué tratamiento recibieron los créditos por IDPC mantenidos en el registro FUT al 31/12/2016, con la entrada en vigencia de los regímenes de tributación que establecen el registro SAC?

Se perdían, ya que el registro FUT -como tal- desaparece a contar del 01/01/2017.

Se perdían, por disposición expresa del legislador.

Se mantuvieron, pasando a formar parte del saldo inicial del registro SAC al 01/01/2017.

Se mantuvieron, debiendo asignarse al 01/01/2017 a sus propietarios, comuneros, socios o accionistas, en la proporción que corresponda.