Efectos de una fusión: goodwill y badwill

Categoría: Reorganización


Los procesos de reorganización empresarial producen diversos efectos impositivos para los contribuyentes que participan en ellos. En el caso de las fusiones, principalmente en las denominadas impropias, puede generarse una pérdida (goodwill) o una ganancia (badwill); cuyo tratamiento tributario tuvo cambios significativos con la reforma del año 2014, los cuales podrás conocer en este módulo.

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Este es un módulo de estudio vigente y su contenido fue desarrollado a partir de las leyes Nº 20.780 (2014) de Reforma Tributaria y 20.899 (2016) de Simplificación de la reforma.

No se han registrado cambios posteriores en esta materia. Se mantienen las disposiciones de los arts. 15 (badwill) y 31 Nº 9 (goodwill) de la LIR, establecidas a contar del 01/01/2017.

AUTOEVALÚATE ANTES DE COMENZAR


1. En lo relativo al goodwill y al badwill: ¿Cuándo entró en vigencia su tratamiento tributario incorporado a la Ley sobre Impuesto a la Renta, por la Ley Nº 20.630?

01 de enero de 2013.

01 de enero de 2014.

01 de enero de 2015.

01 de enero de 2016.

2. En lo relativo al menor valor o goodwill: ¿Cuándo entró en vigencia la modificación a la Ley sobre Impuesto a la Renta realizada por la Reforma Tributaria del año 2014?

29 de septiembre de 2014.

01 de enero de 2015.

01 de enero de 2016.

01 de enero de 2017.

3. ¿Qué tipos de procesos de reorganización empresarial pueden, eventualmente, generar goodwill o badwill tributario?

Cualquier tipo de fusión.

Fusiones y divisiones de sociedades.

Sólo fusiones por incorporación y fusiones impropias.

Sólo fusiones por creación.

4. ¿A qué corresponden los conceptos de goodwill o badwill  tributario?

Diferencia entre el valor de la inversión de una sociedad absorbida en una fusión, y el valor del capital propio tributario de dicha sociedad.

Cualquier diferencia de valor que se origine en algún proceso de reorganización empresarial de sociedades, principalmente en las fusiones y divisiones.

Diferencia entre los valores financieros y tributarios de los activos y pasivos, en un proceso de fusión.

Ninguna de las anteriores.