Prescripción tributaria

Categoría: Código Tributario


La prescripción constituye un modo de extinguir las obligaciones que, al ser aplicado en materia tributaria, puede referirse a la extinción de la facultad de fiscalizar o de acciones judiciales de cobro, de sanción o penales por parte del Fisco. En este módulo conocerás los principales alcances de esta norma, que es comúnmente utilizada en instancias de fiscalización por parte del Servicio de Impuestos Internos.



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Este es un módulo de estudio vigente y su contenido fue desarrollado conforme a sus disposiciones de origen.

No se han registrado cambios posteriores en esta materia. Se mantiene lo establecido en los arts. 200 y 201 del Código Tributario.

AUTOEVALÚATE ANTES DE COMENZAR


1. ¿Cuándo entra en vigencia la modificación permanente a los arts. 63 y 200 del Código Tributario, conforme a la Ley Nº 21.039 del año 2017?

A partir del 29 de septiembre de 2014.

A partir del 29 de septiembre de 2015.

A partir del 1° de enero de 2017.

A partir del 1° de noviembre de 2017.

2. ¿Cuál es la regla general relativa al plazo de prescripción para el ejercicio de la facultad de revisión, liquidación o giro que posee el SII?

3 años.

5 años.

6 años.

8 años.

3. ¿Desde cuándo se comienza a contar el plazo para la prescripción de la acción de fiscalización por parte del SII?

A contar del primer día del mes siguiente al cual se debió declarar y pagar el impuesto.

A contar del 1º de enero del año siguiente al cual se debió declarar y pagar el impuesto.

A contar de la expiración del plazo legal para pagar el impuesto.

La fecha de inicio queda a criterio del Director Regional del SII.

4. ¿Cuánto aumenta el plazo de prescripción de las acciones de fiscalización, sanción y cobro de los impuestos ante una citación por parte del SII?

Aumenta en un mes.

Aumenta en 3 meses.

Aumenta en un año.

Aumenta en 3 años.