Los cambios en materia de IVA a los servicios incorporados por la Ley Nº 21.420 (2022), ampliaron la aplicación de este impuesto a prácticamente todas las operaciones de venta y servicio a contar del año 2023. Esto implicó que el Servicio de Impuestos Internos (SII) clasificara como “afectos a IVA”, giros o actividades económicas de primera categoría que hasta el 31/12/2022 estaban exentos; entre ellos, las actividades que realizan las sociedades de inversión. Dicha calificación generó dudas entre los contribuyentes del rubro, que en noviembre de 2023 fueron resueltas por el SII a través de los Oficios Nº 2908 y 2909; cuyos principales alcances te invitamos a revisar en el siguiente CCTip.